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Servicios postales de correspondencia ordinaria para la Agencia Tributaria de Sevilla durante el ejercicio 2024/2025. Contrato reservado a Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social y a Empresas de Inserción, conforme a lo dispuesto en la Disposición adicional cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

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En aplicación del artículo 28 de la LCSP, se establece para el cumplimiento y realización de los fines institucionales del Ayuntamiento de Sevilla, como necesidad administrativa a satisfacer con la ejecución del contrato, la que a continuación se indica, siendo idóneo su objeto y contenido para satisfacerlas Aún cuando la mayor parte de la correspondencia generada por la Agencia Tributaria de Sevilla tiene el carácter de notificación administrativa, y por ello presenta los requerimientos de fehaciencia en la entrega propios de aquélla, junto con la anterior se generan envíos que tienen el carácter de ordinarios, en cuanto no necesitan la prueba de la entrega a su destinatario. Dichos envíos postales aglutinan, entre otros, documentos para el pago de recibos en periodo voluntario, requerimientos, folletos, solicitudes de domiciliación, etc.Al no requerir constancia fehaciente de su entrega, se considera que este tipo de comunicaciones puede ser realizado por cualquier operador postal con las debidas garantías legales. La Agencia Tributaria de Sevilla no cuenta ni en su dotación de personal ni entre sus recursos materiales con trabajadores especializados o medios adecuados para la realización de funciones de naturaleza idéntica o similar a las descritas en el párrafo anterior. La inversión exigida para que las prestaciones objeto de contratación fueran realizadas directamente por nuestro Organismo, que debería contemplar la ampliación de la plantilla de personal, la práctica de planes de formación en el entorno requerido, el suministro de equipos, etc., resulta desaconsejable por su elevado coste económico. Asimismo, la demora que supondría la previa organización de la infraestructura necesaria para abordar los presentes trabajos con garantías de éxito hacen inviable la posibilidad de que la Agencia Tributaria de Sevilla afronte con sus propios recursos el desarrollo e implantación de un servicio de correspondencia ordinaria, aconsejando la contratación externa del mismo. Lot 1: En aplicación del artículo 28 de la LCSP, se establece para el cumplimiento y realización de los fines institucionales del Ayuntamiento de Sevilla, como necesidad administrativa a satisfacer con la ejecución del contrato, la que a continuación se indica, siendo idóneo su objeto y contenido para satisfacerlas Aún cuando la mayor parte de la correspondencia generada por la Agencia Tributaria de Sevilla tiene el carácter de notificación administrativa, y por ello presenta los requerimientos de fehaciencia en la entrega propios de aquélla, junto con la anterior se generan envíos que tienen el carácter de ordinarios, en cuanto no necesitan la prueba de la entrega a su destinatario. Dichos envíos postales aglutinan, entre otros, documentos para el pago de recibos en periodo voluntario, requerimientos, folletos, solicitudes de domiciliación, etc.Al no requerir constancia fehaciente de su entrega, se considera que este tipo de comunicaciones puede ser realizado por cualquier operador postal con las debidas garantías legales. La Agencia Tributaria de Sevilla no cuenta ni en su dotación de personal ni entre sus recursos materiales con trabajadores especializados o medios adecuados para la realización de funciones de naturaleza idéntica o similar a las descritas en el párrafo anterior. La inversión exigida para que las prestaciones objeto de contratación fueran realizadas directamente por nuestro Organismo, que debería contemplar la ampliación de la plantilla de personal, la práctica de planes de formación en el entorno requerido, el suministro de equipos, etc., resulta desaconsejable por su elevado coste económico. Asimismo, la demora que supondría la previa organización de la infraestructura necesaria para abordar los presentes trabajos con garantías de éxito hacen inviable la posibilidad de que la Agencia Tributaria de Sevilla afronte con sus propios recursos el desarrollo e implantación de un servicio de correspondencia ordinaria, aconsejando la contratación externa del mismo.

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Publish date

a year ago

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12 months ago

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Gerencia de la Agencia Tributaria de Sevilla

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Gerencia de la Agencia Tributaria de Sevilla
Email:
contratacion.atse@sevilla.org

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